Actualización de Anti-Dopaje de ITU para el año 2011

by Masa Takaya on 11 Jan, 2011 08:00 • English

El equipo de Anti Dopaje de ITU desea a todos un feliz año 2011 y también recuerda tener presente la siguiente información:

  • Los detalles de las modificaciones del Reglamento Anti Dopaje de ITU que comenzaron a tener efecto el día 1° de Enero, 2011, como fuera aprobado por la Junta Ejecutiva de ITU.
  • Una reseña de los cambios en la Lista Prohibida AMAD que comenzaron a tener efecto el 1° de Enero, 2011.
  • Una reseña de los cambios al Estándar Internacional para las Excepciones por Uso Terapéutico AMAD que comenzaron a tener efecto el 1° de Enero, 2011.
  • Un resumen de las actividades anti- dopaje planeadas por ITU para el 2011.


Todos los atletas y personal de asistencia al atleta se verán afectados por dichos cambios.
Del mismo modo, es de extrema importancia que todo aquel involucrado en el triatlón esté informado de las modificaciones anuales a todas las normas aplicables al anti-dopaje, y a todas sus respectivas responsabilidades bajo el Reglamento Anti-Dopaje de ITU y el Código Mundial de Anti-Dopaje y demás estándares internacionales relacionados.

MODIFICACIONES A LAS NORMAS ANTI-DOPAJE DE ITU EN EFECTO DESDE EL 1° DE ENERO, 2011

 

General

No hay modificaciones sustanciales en el Reglamento ITU con respecto a la provisión obligatoria del Código AMAD. Como tal, el Reglamento ITU continúa siendo compatible con el Código y su aplicación es obligatoria para todo individuo y organización involucrada con el deporte del triatlón. Además de modificaciones gramaticales, sintácticas y estructurales menores al Reglamento, ITU desea señalar cambios específicos que se han introducido al Reglamento ITU:

Alcance

Se ha reformulado la provisión del alcance de las normas para asegurar que el Reglamento se aplique o pueda aplicarse a un espectro más amplio de atletas, personal asistente y demás individuos u organizaciones involucrados en el triatlón.
Como sucede con otras provisiones que fueran ligeramente modificadas, la provisión del alcance también fue reformulada para asegurar un reflejo mejor de la aplicación práctica del Reglamento Anti- Dopaje de ITU y para evitar la redundancia con otras provisiones del reglamento.

Excepciones por Uso Terapéutico

El artículo 4.4.2 del Reglamento ITU delega ahora la responsabilidad de recolectar TUEs e información sobre el paradero de los Atletas de Categorías por Edades a la Federación Nacional u Organización Nacional Anti-Dopaje relevante.
Esta modificación es resultado de numerosas discusiones abiertas con las Federaciones Nacionales y NADOs para permitirles aplicar sus respectivas normas nacionales a aquellos Atletas de Categorías por Edades (como está definido en el Artículo N. 1. 2 del Reglamento de Competencias ITU) que no forman parte del Registro de Control ITU y que no compiten a nivel internacional en otros eventos que no sean carreras de Categoría por Edades.

Así, ITU garantiza una mayor flexibilidad a sus Federaciones Nacionales para la aplicación de sus leyes nacionales a sus triatletas de categorías por edades.

En breve, desde el 1° de Enero, 2011, todos los atletas de categorías por edades deben solicitar un TUE a su respectiva Organización Nacional Anti-Dopaje o a su Federación Nacional antes de usar cualquier sustancia prohibida. ( Y como sucediera con anterioridad, todas las TUEs otorgadas deben luego reportarse a ITU y AMAD).

Registro de Control

Con el fin de reflejar mejor el plan de distribución de tests de control de dopaje tan cuidadosamente elaborado y preparado por ITU, el artículo 5.5 del Reglamento Anti Dopaje ITU ha sido reformulado para incluir el criterio no exhaustivo aplicado por ITU cuando considera a los atletas a incluir en el registro de control ITU.
El Registro de Control de Nivel Internacional puede conformarse con los 50 atletas mejor rankeados de la Lista de Ranking Mundial de ITU que se publica en el sitio web de ITU y se actualiza regularmente para cada Evento Internacional, pero también puede incluir una variedad de otros triatletas como se define en el artículo 5.5.1
Todos los atletas designados incluidos en el Registro de Control de Nivel Internacional deben informar su paradero a la oficina central de ITU de acuerdo al Reglamento de Anti Dopaje de ITU y al Estándar Internacional de Control AMAD, a menos que ya hubieran enviado información de su paradero a su Organización Nacional de Anti Dopaje, la cual, de acuerdo al artículo 5.6.4, compartirá dicha información confidencialmente con ITU como hubiera sido previamente acordado entre ellos.
Chequea este enlace para informarte sobre el último Registro de Control - http://www.triathlon.org/about/downloads_category/anti-doping/

Gestión de resultados para otras posibles violaciones al Reglamento de Anti Dopaje.

El Artículo 7.3 actualmente también explica el procedimiento de gestión de resultados a seguir en aquellos casos en los que la información basada en el Pasaporte Biológico del Atleta pueda resultar en una violación al reglamento anti-dopaje. También explica el proceso de revisión a seguir por el Panel de expertos a cargo de la Revisión de perfiles sanguíneos de ITU y cómo, a partir de esta revisión, una violación al reglamento anti-dopaje puede o no ser confirmada.

Derecho a una audiencia justa

El actual proceso del Artículo 8 no ha sido alterado. Sin embargo, las provisiones se han reformulado y modificado ligeramente para ofrecer mayor claridad al procedimiento, para asegurar que el lector tenga una mejor comprensión y para reflejar más fidedignamente la realidad de los procedimientos de ITU como así también el funcionamiento del Panel de Audiencia por anti- dopaje de ITU.
Como pasara anteriormente, estas provisiones garantizan que todos los triatletas que enfrenten procedimientos disciplinarios tendrán el beneficio de procedimientos justos. Se ha redactado el Artículo 8 para garantizar a todos los triatletas el derecho a la justicia a través de cualquier y todo procedimiento disciplinario. El mismo es compatible con las provisiones obligatorias del Código Mundial.

Definiciones

Se han agregado al Reglamento dos definiciones relacionadas con el Pasaporte Biológico del Atleta. El Pasaporte Biológico del Atleta (el Pasaporte) es ahora un término definido, como también lo es el Panel de Revisión de perfiles sanguíneos.

MODIFICACIONES A LA LISTA PROHIBIDA AMAD 2011.
Comparada con la Lista 2010, la Lista Prohibida 2011 presenta numerosos cambios.
Estos cambios reflejan los últimos avances científicos y un amplio consenso en la comunidad anti-dopaje. Los mismos se han fundado en un conocimiento más extenso sobre el anti-dopaje, evidencia sobre el campo, y una comprensión en constante crecimiento sobre las tendencias y prácticas del dopaje.
Los invitamos a familiarizarse con la Lista Prohibida 2011, pero aquí presentamos algunos de los cambios más importantes con respecto a la Lista 2010.

Sustancias no aprobadas

Se ha agregado una nueva sección a la Lista Prohibida: Sustancias no aprobadas. Esta sección abierta se refiere al abuso de sustancias farmacológicas con el propósito de mejorar el rendimiento. La misma incluye aquellas que no estén incluidas en otras secciones de la Lista y que no estén aprobadas para uso terapéutico humano por ninguna autoridad gubernamental de salud (ej. drogas en desarrollo pre-clínico o discontinuo).
Cualquiera de dichas sustancias estará prohibida en todo momento (durante y fuera de competencia) en el año 2011.

Preparados derivados de plaquetas

Se han quitado de la Lista 2011 a los preparados derivados de plaquetas (comúnmente conocidos como PrP o hilado de sangre), que estaban prohibidos en el año 2010 si se administraban por vía intramuscular. Esto es el resultado de la falta de evidencia actual concerniente al uso de estos métodos con el fin de mejorar el rendimiento.
Estudios actuales sobre preparados derivados de plaquetas no demuestran su potencial para la obtención de un mayor rendimiento más allá de un potencial efecto terapéutico. Sin embargo, AMAD continúa monitoreando cuidadosamente los resultados de las investigaciones y desarrollo de estos preparados.

Declaración de uso

Otra enmienda de consideración es la eliminación de la obligación de los atletas a completar una Declaración de Uso con aquellas sustancias no prohibidas.
En breve, los triatletas que usen medicación para el asma no necesitarán completar una Declaración de Uso. Sin embargo, ITU y AMAD continuarán monitoreando el uso de la medicación para el asma.

MODIFICACIONES AL ESTANDAR INTERNACIONAL PARA LA EXCEPCION POR USO TERAPEUTICO
La única modificación de importancia al Estándar Internacional para las Excepciones por Uso Terapéutico se refiere a las Declaraciones de Uso.
En el año 2010, las Declaraciones de Uso- que se deben diferenciar de las Excepciones por Uso Terapéutico (que permiten el uso de sustancias prohibidas)- eran obligatorias para todo atleta que usara salbutamol y salmeterol por inhalación; glucocorticosteroides por vía intra-articular, periarticular, peritendular, epidural, intradermal e inhalatoria, o preparados derivados de plaquetas no administrados por vía intramuscular.
Aún así, al encontrar salbutamol y salmeterol por inhalación, glucocorticosteroides administrados por vía intra-articular, periarticular, peritendular, epidural, intradermal e inhalatoria; aunque el atleta no hubiera completado la Declaración de Uso, dicho hallazgo no resultaba en una alegación de violación al reglamento de anti-dopaje. Por lo tanto, esta práctica no era efectiva. Estos engorrosos requisitos administrativos se eliminaron de la Lista por AMAD para el 2011.
El resultado es que ya no hay sustancias o métodos en la Lista que requieran una Declaración de Uso y entonces no es ya necesario que atletas que usen salbutamol y salmeterol por inhalación, glucocorticosteroides administrados por vía intra-articular, periarticular, peritendular, epidural, intradermal e inhalatoria completen una Declaración de Uso o lo reporten a ADAMS.


Tenga a bien recordar que de acuerdo al Estándar Internacional de Control, todos los triatletas aún deben declarar en sus Formularios de Control de Dopaje cualquier sustancia(s) que hubieran utilizado como práctica habitual y deben solicitar a ITU o su NADO una Excepción por Uso Terapéutico antes de usar cualquier sustancia prohibida.

UNA MIRADA A LAS INICIATIVAS DE ITU CON RESPECTO AL ANTI DOPAJE PARA EL 2011.

Control durante las competencias

De acuerdo a su Reglamento y Plan de Distribución de Tests, en todo evento ITU,  ITU continuará determinando la cantidad de testeos en la llegada (de sangre u orina) que efectuará a triatletas, como así también la cantidad de controles de dopaje (de sangre u orina) que se pudieran efectuar a cualquier triatleta como parte de un testeo al azar o específico, o como parte del Pasaporte Biológico al Atleta.

Controles fuera de competencia

Por supuesto, ITU estará alerta y continuará testeando atletas fuera de competencia. Continuaremos con nuestra práctica de efectuar testeos fuera de competencia y controles de dopaje a Atletas registrados para el testeo en el Pasaporte Biológico del Atleta, de acuerdo a la información del paradero que hubieran enviado.
Conforme a los objetivos del Plan de Distribución de Tests de ITU, algunos tests fuera de competencia (de sangre u orina) se efectuarán al azar o a triatletas específicos, en cualquier momento y lugar durante el entrenamiento o antes de la competencia.

Pasaporte Biológico del Atleta

ITU continuará construyendo el Pasaporte Biológico del Atleta a sus atletas. Tambi´pen trabajará junto a otras NADOs para asegurar que su programa sea efectivo y eficaz y se ajuste bien a las metas generales del programa de Anti Dopaje de ITU.

Educación

ITU actualizará su sitio web para reflejar los cambios al Reglamento Anti Dopaje de ITU y demás documentos de AMAD.
Debido al éxito de las cabinas de educación al atleta de los últimos dos años, particularmente durante la Gran Final de la Serie de Campeonatos Mundiales en Budapest 2010, ITU también considera organizar otra cabina para la Gran Final del Campeonato Mundial en Beijing 2011.
Finalmente, ITU mantendrá su práctica actual de comunicarse con sus federaciones asociadas con respecto a todos los asuntos concernientes al anti-dopaje y diseminando toda información relevante sobre el anti-dopaje por todos los medios de comunicación disponibles.

Si tiene preguntas o comentarios sobre el programa de anti dopaje de ITU, contáctese con
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